Informe: La recuperación del ´tax lease´


El abogado Ramón Ozores, experto en "tax lease" del despacho Colón Abogados de Vigo, ha realizado para FARO un análisis de todo el proceso de resolución

19.07.2013 | 00:10
Ramón Ozores, experto en "tax lease" del despacho Colón Abogados de Vigo
Ramón Ozores, experto en "tax lease" del despacho Colón Abogados de Vigo
1. INTRODUCCIÓN
La Comisión Europea exigió ayer a España que recupere las ayudas fiscales que concedió al sector naval entre 2007 y 2011, al considerar esas bonificaciones ilegales, tras la instrucción del correspondiente expediente.
El documento mediante el cual se adopta el acuerdo se denomina una "Decisión". Esta Decisión aun no ha sido publicada en el DOCE (Diario Oficial de las Comunidades Europeas).
En un primer momento la Comisión consideraba como beneficiarios de dichas ayudas ilegales a todas las entidades participantes en el sistema, a saber, bancos, inversores/AIEs, entidades de leasing, astilleros y empresas navieras así como todos los intermediarios participantes en las estructuras que venden sus servicios.
Sin embargo finalmente la Comisión considera como beneficiarios a "Los grupos de interés económico y sus inversores" como beneficiarios (grupos de interés económico se supone las "Agrupaciones de Interés Económico" (AIEs) mediante las que se instrumentaba el tax lease).
La Decisión de la Comisión no permite a los beneficiarios pasar sus obligaciones de devolución (de las ayudas) a terceros partes -tales como los astilleros-, incluido bajo los contratos existentes.
2. LA DECISION DE RECUPERACION
La normativa que regula la devolución de las ayudas es el Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo Europeo. De conformidad con esta norma
La Decisión de Recuperación va dirigida al Estado miembro de la UE. Es decir, obligará al Estado español a que adopte las medidas pertinentes para la recuperación de las ayudas. La recuperación se debe realizar conforme al Derecho nacional.

El Estado español es el único obligado al cumplimiento de la ejecución real y efectiva de lo dispuesto. Si el Estado español no cumple la ejecución de la recuperación puede ser demandado por la Comisión ante el TJCE, al amparo del artículo 88.2 del Tratado de la UE.


Por otra parte, la Decisión de Recuperación, de conformidad con el artículo 14.1. del Reglamento, debe ordenar al Estado que recupere de los beneficiarios las ayudas ilegales concedidas, salvo que sea contrario a un principio general del Derecho comunitario. De conformidad con el art. 14.3. del Reglamento, la recuperación se efectuará sin dilación y conforme a los procedimientos nacionales.
Esto es lo que ha sucedido en el presente caso, ya que la Decisión de Recuperación obliga al Estado español a concretar, en el plazo de dos meses, quienes han de devolver las ayudas, en qué cuantías y de qué manera.
3. OPCIONES DEL ESTADO ESPAÑOL
El Estado español puede recurrir esta Decisión.
El organismo ante el cual se puede recurrir es el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas cuyo fin fundamental es garantizar el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados y el Derecho comunitario.
Bajo el Derecho Comunitario caben diversos recursos.
a) Cuestiones prejudiciales, cuando los órganos jurisdiccionales nacionales piden al Tribunal de Justicia que interprete un punto del Derecho de la UE.
b) Recursos por incumplimiento, interpuestos contra los gobiernos de la UE por no aplicar el Derecho de la UE.
c) Recursos de anulación, mediante los cuales se solicita la anulación de normas de la UE que se considera que vulneran los Tratados o los derechos fundamentales de la UE.
d) Recursos por omisión, contra las instituciones de la UE por no haber tomado las decisiones que debían tomar.
e) Recursos directos, interpuestos por particulares, empresas u organizaciones contra decisiones o acciones de la UE.
En este caso, el más probable sería el recurso de anulación.
Este recurso procede cuando un acto dictado por un Organismo Europeo (en este caso la Comisión) que tenga efectos jurídicos (por ejemplo, no se aplica a dictámenes) ha sido dictado por órgano incompetente, tiene un vicio de forma, ha sido dictado violando las disposiciones de los Tratados o de cualquier norma jurídica relativa a su ejecución o con desviación de poder (v. art. 173.I del Tratado de la Comunidad Económica Europea, reformado en Maastricht).
A través de este proceso se ejerce el control de la legalidad comunitaria
Están legitimados para demandar un Estado miembro, el Consejo, la Comisión y toda persona física o jurídica que quede afectada directa e individualmente por la decisión,
La sentencia decretará la nulidad del acto impugnado, aunque puede dar validez a determinados efectos producidos en caso de nulidad de un reglamento (v. art. 174 del Tratado de la Comunidad Económica Europea).
El plazo para interponer el recurso por los interesados es de dos meses a partir, según los casos, de la publicación del acto, de su notificación al recurrente o, a falta de ello, desde el día en que éste haya tenido conocimiento del mismo (art. 263 Tratado de Funcionamiento de la UE "TFUE").
La interposición del recurso no suspende la ejecución del acto impugnado. Sin embargo, el Tribunal podrá, si estima que las circunstancias así lo exigen, ordenar la suspensión de la ejecución del acto impugnado (art. 278 TFUE).
Hay que destacar la no suspensión del plazo durante las vacaciones judiciales (art. 80.1.II del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea), porque el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas funciona permanentemente (art. 14 del Protocolo al Tratado de la Comunidad Económica Europea sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 1957).

4. MOTIVACION DEL RECURSO
Los motivos que normalmente suelen esgrimirse en este tipo de recursos son la vulneración de los principios de "buena fe", "seguridad jurídica", de "protección de la confianza legítima" y de "igualdad de trato". Estos principios se encuentran muy vinculados y las posibles alegaciones son muy variadas.
La seguridad jurídica es un principio universal que se basa en la publicidad del Derecho y la certeza de su aplicación, de forma que se pueda conocer con carácter previo, qué está prohibido u ordenado por los poderes públicos.
La confianza legítima consiste en que un acto ha sido realizado correctamente en base a que una actuación administrativa (o su silencio) ha hecho pensar que la actuación era legítima y conforme a Derecho.
Con respecto al tax lease, se podría alegar el conocimiento de esta operativa desde el año 2.000 por parte de la Comisión y su aquiescencia mediante silencio (si bien no es un argumento muy sólido). Asimismo se podría alegar que en el año 2009, la comisaria Neelie Kroes, confirmó mediante carta que el tax lease español no era discriminatorio (existen precedentes comunitarios que otorgan valor jurídico a este tipo de cartas).

Asimismo (y esto ya a efectos internos) cada una de las operaciones de Tax Lease tenía la aprobación específica de la Dirección General de Tributos (al menos la posibilidad de la amortización acelerada del buque), por lo que bajo la normativa interna sí que cabría alegar razonablemente el principio de confianza legítima y seguridad jurídica. Por otra parte, y también internamente, nos encontramos con que, en España está a punto de prescribir (quedan 7 días) el derecho de la Administración de comprobar las obligaciones fiscales de los ejercicios 2008 y anteriores (por lo que se refiere a la "revisión del ejercicio 2007".
Cabría asimismo alegar, en aras de la seguridad jurídica, que sólo serían reclamables aquellas operaciones de tax lease realizadas con posterioridad a la publicación en el DOCE de la apertura del expediente contra España por este motivo (julio de 2.011).
Esto es, por ejemplo, lo que sucedió en Francia. En diciembre de 2006, la CE declaró ilegal el «tax lease» francés, renunciando a exigir la devolución de ayudas concedidas antes del 13 de abril de 2005 (fecha en que se publica el inicio del procedimiento de investigación contra el sistema fiscal de ayudas al naval francés). Aplicar un régimen distinto en España podría interpretarse como discriminatorio.
Todas estas actuaciones (u omisiones) generan una apariencia de adecuación a la legalidad que es lo que los afectados deberían hacer valer en sus recursos.
De todos modos la Jurisprudencia Europea es restrictiva ya que solo puede deducirse dicho principio si la propia Unión ha creado una situación que pueda engendrar esta situación.

Ramón Ozores, experto en "tax lease" del despacho Colón Abogados de Vigo

Una a todos nos puede pasar. Dos son mamadas. Pero si te pasa de nuevo, la Tercera ya es pendejada de uno, ahí si ya no tienes perdón. El pendejo eres tu si te la aplican tres veces.




Glee tuvo un final feliz, el protagonista se fue con la heroína... Post dedicado a todos aquellos que se encontraron una cana y al querérsela quitar se arrancaron todo un mechón de por medio por que la puta cana se esconde… Al parecer a nadie le gusto la nueva cabecera o ni cuenta se dieron de que la cambiamos… cuando los de cartoon quieren hacen unas pinches cochinadas como los spots esos de los perros y la joteria de jungle beat… No, no te preocupes por mi aquí todo sigue igual como cuando estabas tú. Si, es cierto que no hay calor ni en la casa hay el olor de tu cuerpo sin igual…. ver sabrosas en minifalda es de esas cosas que alegran mi día… venganza desleal… vamos a provocarnos sueños lucidos… pensamiento positivo: Paris Hilton acostada a tu lado de cucharita cantándote Stars are Blinds, solo para ti… ybp!: Melancólicos Anónimos… Don Goyo nos cuida, él nunca nos hará daño… la vida es una serpiente que renace de su propia piel muerta, como de un sueño… Siento que “algo” va a pasar… como disfruto el disco ranchero de Ana Barbará, lo canto como mujer divorciada… música de las películas del santo… ciudadanos del porno… ir en el metro, oler un perfume conocido, pensar en esa persona… campeonato mundial de parejas (swinger)… Ya, ya la fuente se seco, el canario ya murió, pero aquí no hay novedad. No, no te preocupes por mí, aquí todo sigue igual como cuando estabas tú… oye ¿y Perry?... consejo para aliviarte del estreñimiento: comete una torta cubana con todo ufff, que fibra ni que la chingada… Cuando me pongo triste pongo rolas de los White Stripes… El tocino nunca falla… esos grupos infantiles que a la fecha quieren seguir viviendo de lo que hicieron hace más de 30 años, me dan asco… In porn we trust… me cagan esos “reportajes” de morra en la tv en los eventos deportivos: spas, los guapos, miren lo que acá comen –donde comprar zapatos caros en el mundial-… Es cierto que el rosal ya no da flores, ni el amor de mis amores nunca más ha de volver. Los niños me preguntan por su madre, cuando miran que su padre ya se muere de llorar… ojala ya explote el puto mundo… ¿Quién envía monstruos a matarnos? ¿Quién decide porque vivir? ¿Quién nos encadena y tiene la llave para liberarnos? Eres tú, tú tienes las armas. ¡Ahora lucha!... como no acusarte de misántropo después de ver la ley y el orden y las mangas del chaleco en el zapping… tomate tu lechita y a dormir… México: jóvenes hermosas con vidas bien mierderas… como me emputa el oír los comerciales a gritos de mama lucha, lo único peor que la tv es la radio… una simple lluvia detona la ciudad y en las elecciones siempre vamos a votar… ¿a quién más le cae mal yianluichibufon?... Concentrémonos cuando sea necesario y dispersémonos en el momento justo… Selena Gómez junta varias categorías del porno: teen, latin, celebrity, amateur y se seguro otras más… ¿Cuántas pelis y series de narcos hay ahora mismo en tv? ¡Paren el mame!... mujeres de las pelis del santo… Los Motoratones de Marte… ¡qué diablos!... le voy a decir que juegue con mi pene como si fuera la nueva supersoaker… Me gusta mucho Rebecca la chica amish :D ulala… Deberás que todo sigue igual, los cuadros cuelgan de las paredes como tú los colocaste. Tus sandalias están en su lugar y hasta tu bata de baño está donde la pusiste tú. Lo único que ha cambiado es el espejo, ahora cada vez que lo veo me refleja una figura con unas sombras profundas bajo mis ojos y unas arrugas que empiezan a amenazar mi rostro. El rostro que tantas veces acariciaste tú... Luces misteriosas en el cielo durante el temblor… En Perú las quinceañeras hacen rifas sexuales por doscientos del águila… Dato poguero: el año luz es una unidad de longitud empleada en astronomía para medir grandes distancias no de tiempo como muchos creen; aguas ahí… feminimamada: “el punto de vista femenino”… en la escuela nos enseñan a memorizar fechas de batallas pero que poco nos enseñan de amor… Píntame como a una de tus modelos francesas… un motel que se llame “a donde quieras”…  vivir es dormir y morir es despertar… Tu no más di y le ponemos mayonesa al camarón… morras que creen que cada vez que dicen “ven” ahí vas a ir… Sleepwalk musicaliza los años 60´s del gabacho… ver un programa de partos y al escuchar puja y ya va a salir querer ir al baño inexplicablemente… Priscila y sus balas de plata esta chida… cuando te da comezón algo y piensas que se te subieron los bichos… jóvenes brasileñas que disfrutan al mostrar sus tonificados cuerpos al sol… Y no más le dije: Mis sueños jamás cabrían aquí y me fui… tv abierta: analfabetas funcionales… ya quiero darle sus jalones de greñas a la mildred embrollo XD en serio que si… no vi Dark City pero si la Rosa de Guadalupe… Tito Fernández tuvo contacto extraterrestre en 1974… Dr Octopus y la Dra Octupussy… para los que nos leen de lejos, México es como Silent Hill, pero peor… Quisiera que me hicieras mucha falta y gritarte que regreses pero aquí no hay novedad. No, no te preocupes por mí, aquí todo sigue igual como cuando estabas tú… mapa, fuego, cuchillo, llave y un sacrificio… No se engañen, lo único que realmente se va y luego regresa: es el hambre y el sueño… pinche lluvia… y “esto” es “la vida”…





Yobailopogo!
-Muchos me tienen en su lista negra.
 Yo tengo mi negra lista-




Europa y el “tax lease” español

Europa y el “tax lease” español


17/07/2013 | construcción naval - mercados
Por su interés y actualidad reproducimos aquí el texto de la Coyuntura que aparecerá en el próximo número de julio/agosto. Autor: José Esteban Pérez García

España y la producción industrial
Los índices de la producción industrial española han estado mostrando un preocupante perfil negativo en estos últimos años. Como se ha podido ver en las sucesivas ediciones mensuales de esta Revista, la llamada Tabla 0, que muestra los principales indicadores económicos, esta “enfermedad es casi “epidémica” en los países de la zona euro. El problema principal para España es que los demás índices económicos no ayudan tampoco, que el aumento en la presión fiscal, la caída del sector de la construcción, tanto privado como de inversión pública, y sobre todo, la enorme tasa de desempleo, que dobla el promedio de la de toda la zona euro, determinan una caída de la demanda interna, y una muy importante disminución de la capacidad y de la confianza para que los españoles inviertan, no sólo porque cada vez pueden menos, sino porque la financiación prefiere fluir hacia la deuda del Estado en un círculo vicioso desalentador: La deuda paga intereses más altos que los que pueden pagar los ciudadanos, lo hace porque los que prestan requieren altas tasas de interés en función de la fiabilidad que ofrece el país para la devolución de la misma y de sus intereses, (a mayor fiabilidad, mayores plazos y menos intereses), y así el sector privado y también el público, que quieren crecer en la “economía real”, no lo pueden hacer sin disponer de una financiación que les permita competir, van disminuyendo indefectiblemente actividad ahogados por la presión fiscal, los costes de la energía y sobre todo por la falta de financiación ya mencionada. Si cada vez se produce menos, la riqueza del país que es la que hace crecer, en vez de  aumentar, menguará, la fiabilidad se deducirá, los intereses de la deuda subirán, y la tormenta se aproximaría cada vez más a convertirse en la “tormenta perfecta”.

En este panorama: EL TAX LEASE
Dos cosas son ciertas. El sin duda importante aumento de las exportaciones está siendo muy positivo, pero no puede compensar el deterioro y los efectos de la caída del consumo interno. El índice de producción industrial pondera los efectos de la actividad de la industria, efectos que desgraciadamente en España aún contribuyen modestamente al PIB, pero que, en cambio, reacciona de una manera muy sensible a la evolución de los tipos de interés y a la demanda del consumo interno. Esto hace que el índice de producción industrial se considere una importante herramienta para realizar previsiones sobre la futura evolución del crecimiento económico.
La previsión  de la evolución del mencionado índice da una cifra para julio de este año 2013, de -6,7%.

Esta cifra, añadida a las que muestra la Tabla 0 para todos los demás índices, y sobre todo, la que muestra el elevadísimo y mantenido nivel de desempleo, aún considerando las variaciones estacionales en el sector de servicios, conectadas fundamentalmente con el turismo es el panorama que tenemos cuando, como parece, la industria de la construcción naval española enfila la recta final referida a la decisión de la Comisión Europea sobre el llamado sistema de “tax lease” o de arrendamiento financiero, que ha venido sirviendo desde el año 2002 hasta 2011 para que los astilleros de este país, mayoritariamente, pudiesen contratar nuevas construcciones.

El sistema de “tax lease” español, fue creado en 2002 para poder competir en un mercado en el que los tratamientos fiscales a la inversión en buques se habían convertido internacionalmente, y especialmente en Europa, como un elemento imprescindible para competir.

El sistema, ya ampliamente descrito en esta y en otras publicaciones, era muy Parecido al existente en Francia y en otros países europeos. A diferencia de las KG alemanas, los inversores en las Agrupaciones de Interés Económico eran empresas en vez de inversores particulares, y con independencia de esta particularidad, el sistema funcionaba sólo en el caso de que los activos en cuestión fueran buques, tanto nuevos como de segunda mano. Amén de la posible complicación del sistema, lo esencial era que los armadores compraban los buques en base a habituales análisis del mercado y la evolución del Shipping, siguiendo la legislación española al respecto. Aunque parece que el sistema no se había comunicado a su debido tiempo a los Servicios de la Comisión Europea, la entonces Comisaria de la Competencia Nelly Kroes, en una carta de marzo de 2009, confirmaba la validez del sistema, entre otros al gobierno de Noruega, muchos de cuyos armadores habían contratado buques en los astilleros españoles utilizando el mencionado sistema. Merece la pena decir que la flota noruega era en ese momento la séptima del mundo en toneladas de registro bruto, la quinta por su valor de mercado, y la segunda y más avanzada en el segmento de buques offshore, buques que han alimentado mayoritariamente la cartera de pedidos de nuestro país, y segmento de demanda mantenida en el mundo, cuando no creciente.

Sirve esta breve explicación para exponer el escenario en el que se fueron sucediendo las denuncias contra el sistema español por parte de competidores europeos acaudillados por la Asociación de Astilleros Holandeses.

Basándose entre otras cosas en que el sistema español estaba restringido sólo a la compra de buques y no tenía carácter general, así como que estaba sujeto a aprobación individualizada por parte de las autoridades fiscales españolas, el actual Comisario de la Competencia, Joaquín Almunia abrió en septiembre de 2011 Procedimiento al sistema español, por lo que la utilización del sistema quedaba vedada en tanto en cuanto se resolvía el caso. Es decir, como no se podía usar, ningún armador o inversor en su sano juicio, iba a contratar buques en España a partir de ese momento.
En Noviembre de 2012, La Comisión Europea aprobó un nuevo sistema de tax lease propuesto por la Administración Española, mientras se discutía si los inversores, los armadores o los astilleros que habían usado el sistema anterior tenían o no que devolver las cantidades que se estimaban entonces como ayuda ilegal, y que rondaban en su conjunto cerca de los tres mil millones de euros.
Francia sufrió  la apertura de un Procedimiento a su sistema de tax lease, pero finalmente fue exonerada de toda obligación de que se devolviera cantidad alguna. Parece que la vara de medir ha cambiado ahora.

Es curioso notar que siendo Holanda el principal país acusador, la Comisaria de la Competencia que validó el sistema español era holandesa, y que ahora, cuando se trata de poner castigos (injustos) a la industria española, resulta que el Comisario de la Competencia es español. Simplemente es una efeméride curiosa.
Pero llegados a este momento, si que hay que comentar algunos aspectos de la situación que son extraordinariamente relevantes, perniciosos y quizá definitivos para la supervivencia de la industria de la construcción naval en España, y no sólo, como veremos más adelante.

Con independencia de los dos años que de momento han empleado los servicios del Sr. Almunia en preparar una Resolución, que han ya producido un lucro cesante a los astilleros superior al monto que supuestamente se pide devolver, dicho Sr. Almunia se ha permitido declarar que los astilleros españoles no tienen nada que temer, pues las devoluciones afectarían solamente a los inversores y a los armadores beneficiados.
Los inversores que han participado en las operaciones de construcción de buques afectadas son: “…grandes corporaciones de todos los sectores económicos radicadas en España. Intervienen en estas estructuras confiando en la capacitación técnica de los astilleros, en la legalidad del sistema y en la rentabilidad de su inversión. Si se declara ilegal el “tax lease” y se les obliga a devolver los beneficios obtenidos, ningún inversor volverá a participar en la construcción de buques en España.”*

Los armadores españoles y extranjeros que han contratado buques en España, si son requeridos a devolver, tampoco volverán a contratar aquí nunca más, se sentirán engañados  en lo que a confianza legítima se refiere, y se irán e construir sus buques lo más lejos posible. Y cuando decimos lo más lejos posible, hay razones para decirlo: En efecto, la industria naviera depende totalmente de inversiones a largo plazo que hacen los armadores, fleten sus buques o los exploten ellos mismos. Lo dicho por el Sr. Almunia respecto a devoluciones de los armadores que han construido en España, no sólo afectaría gravemente a éstos, sino provocaría consecuencias nefastas al crear una incertidumbre  sobre la legalidad del conjunto de la industria naviera y la constructora en Europa, y para los armadores no europeos respecto  a la seguridad jurídica y la confianza legítima que proteja sus contratos si los firman en Europa. No en vano resulta absolutamente increíble que se empleen once años en dilucidar sobre la legalidad de un asunto como este. Sin entrar, en este aspecto, en la razón o no del fallo final.

En estas condiciones de funcionamiento de los Servicios bajo la responsabilidad del Comisario de la Competencia, sería asumir un riesgo innecesario para cualquier armador, no sólo contratar en España, sino en Europa.
Por ello, los armadores europeos agrupados en ECSA (European Community Shipowners´ Association), han reaccionado como un solo hombre, en defensa de sus intereses conjuntos, lo cual es un ejemplo loable, y que nunca siguen los astilleros europeos (antes CESA) ahora agrupados con los fabricantes de equipos en Sea Europe. El poderoso lobby de ECSA cerca de la Comisión parece que ha conseguido dar al Sr. Almunia razones para que se considere que los armadores  no deben devolver nada.

Ahora pues, El Sr. Almunia dice que serán los inversores los que tengan que devolver y que es tendencioso que se diga que se perjudica a los astilleros.
Lo que ha declarado el Comisario de la Competencia es un insulto a la inteligencia, y sólo los que no conocen que sin inversión ni financiación no hay industria, o los que lo conocen y prefieren ignorarlo por causas que desconocemos, pueden dejar de reaccionar ante declaraciones de ese tipo, que se quiera o no, se perciben como demagogia de corto alcance en unos momentos en los que lo que necesita el país  es otra cosa.

Por otro lado, parece que están en marcha denuncias cruzadas que provocarán con mucha probabilidad la apertura de Procedimientos contra las industrias de construcción naval de otros países de la Unión. Si se dan estas condiciones es también probable que a la entrada de los astilleros de Corea, China y Japón se erijan estatuas al Comisario Almunia como el mayor benefactor de sus industrias al tiempo que el mayor depredador de las europeas.


Parece que en Japón se hace lo que aquí se pretende castigar
A propósito del Extremo Oriente, resulta que Japón acaba de poner en marcha dos iniciativas curiosas:
La transformación del Japan Bank for International Cooperation (JBIC, antes EXIM Bank) en una nueva corporación bancaria privada “pero cuyo único accionista es el Gobierno Japonés”, dedicada a paquetes financiación para  exportación de buques, garantías de buen fin para los astilleros japoneses, etc.
Y lo que es más “novedoso” la creación del Japan Ship Investment Facilitation Co., Ltd. (JSIF), cuyo propósito es  “asegurar contratos de nuevas construcciones ante el estancamiento de la financiación de buques”

El esquema del JSIF consiste en llevar a cabo proyectos de financiación en los que una compañía naviera fleta un buque en casco desnudo propiedad de una “special purpose company” (SPC) que será vendido a dicha compañía naviera al final del periodo de fletamento para pagar la deuda y participaciones pendientes. La SPC es estructurada por el JSIF con inversores que pueden ser astilleros y/o otras entidades. El JBIC, antes mencionado será el principal prestamista.
No es secreto, toda la información se puede encontrar en Internet.

¿Verdad que suena conocido?
Entre otras cosas: ¡¡Es sólo para buques!!
Desafortunadamente, El Comisario y los Servicios de la Competencia de la Comisión Europea parece que sólo son competentes en cuestiones del mercado interno de la UE, y no pueden hacer nada, salvo actuar dentro del mercado europeo, y ya vemos cómo.


Los mayores paganos
Finalmente, hay una parte muy importante de la industria, clave en ella, que sí va a pagar en el caso de que la decisión de la Comisión vaya a ser finalmente tan negativa como se anuncia: las personas que ostentan los cerca de 90.000 empleos de la industria de la construcción naval española, que poseen una tecnología de vanguardia, y que engrosarían las listas del paro. Y los miles de empleos inducidos, y las familias de todos ellos.
Cabe esperar que el Colegio de Comisarios de la UE, en su reunión del 17 de julio se comporte con la ecuanimidad y la mesura que se le supone, y podamos decir que Europa no funciona contra Europa.
(*) Gonzalo Alvar Ezquerra: "Almunia y el “tax lease”". ABC 3/7/2013

“Espero que se coman sus palabras los que pintan un panorama dantesco”


Joaquín Almunia, este miércoles en Bruselas. / OLIVIER HOSLET (EFE)

Bilbao, 1948. Ese detalle biográfico ha perseguido a Joaquín Almunia, vicepresidente de la Comisión Europea y responsable de Competencia, en toda la gestión del caso astilleros. Ese detalle y su militancia sindical y política, por supuesto: responsable de economía de UGT a finales de los setenta, ministro de Trabajo con Felipe González en los ochenta y candidato socialista en el fiasco electoral de 2000. Respetadísimo en las instituciones europeas por su rigor y su agudo instinto político, que le convierten en un peso pesado de la Comisión, Almunia encaja las preguntas inevitablemente críticas como un fajador en esta entrevista con cuatro diarios españoles. Hasta que en una de las últimas cuestiones aparece ese dato: Bilbao, 1948. Y entonces Almunia salta a la yugular, seco e inusualmente cortante: “Confío en que dentro de cinco años todos aquellos que han pintado un panorama dantesco, que han augurado todo tipo de males como consecuencia de esta decisión para los astilleros, se tengan que comer sus palabras”.

Pregunta. El sector naval apunta a una especie de sentencia de muerte para los astilleros. ¿Lo es?
Respuesta. La decisión declara no compatibles las ayudas fiscales a los inversores: excluye taxativamente a los astilleros, a la industria auxiliar y a los armadores. Otra cosa es cómo va a reaccionar el sector naval ante inversores que por tener que devolver esas ayudas no quieran seguir en ese tipo de programas. Para atraer a los que sí están dispuestos a seguir financiando a los astilleros hay un nuevo esquema publicado en el BOE y validado por la Comisión Europea desde finales de 2012. Hay, además, otras ayudas disponibles: regionales, a la exportación o a la innovación.

P. Ha habido algún cambio notable en apenas unos días que afecta a la solución adoptada. ¿Obedece a la presión política o se trata de cuestiones jurídicas?
R. Hay dos cambios fundamentales en los últimos 15 días. Uno: se ha podido argumentar jurídicamente que los armadores estén exentos de la obligación de devolver cualquier ayuda. Y dos: la obligación de recuperar las ayudas empieza en abril de 2007 y no en abril de 2005 porque el servicio jurídico de la Comisión ha encontrado jurisprudencia —es verdad que no mayoritaria, pero existen precedentes— de que la seguridad jurídica empieza en el momento en que se publica una decisión de la Comisión en el diario oficial.

P. La presión política no ha influido, entonces.
R. Todo el control de las ayudas de Estado, que es responsabilidad exclusiva de la Comisión, se rige por criterios jurídicos. Es una actividad casi jurisdiccional.

P. ¿Por qué ha sido tan lento todo el proceso? ¿No es excesivo ese retraso?
R. Las autoridades españolas no notificaron el sistema de ayudas. Nunca. Incluso en alguna ocasión la Comisión preguntó a España si existía algún esquema: se nos respondió que no. Después de la decisión francesa de 2006, la Comisión recibió algunas denuncias, pero no aportaban la información necesaria; en 2007 y 2008 las autoridades españolas enviaron información parcial, incompleta. Solo a raíz de la denuncia formal de siete asociaciones de constructores navales en 2010 tuvimos una visión completa. El proceso podía haberse acelerado si las autoridades españolas hubieran notificado la existencia de ese esquema. No fue el caso.

P. ¿No ha habido un exceso de inseguridad jurídica en todo el proceso? ¿Puede seguir habiéndola por la judicialización del caso?
R. La decisión es clara: son los inversores quienes están obligados a devolver las ayudas. Esa responsabilidad no se puede traspasar a ninguna otra persona jurídica, ni a los astilleros ni a las navieras. Las normas europeas prevalecen sobre el derecho nacional, y en este caso ni siquiera es derecho público: puede que haya contratos privados, pero no pueden prevalecer contra el criterio de la Comisión. En cuanto al futuro, desde finales de 2012 hay un nuevo sistema visado por la Comisión en una decisión formal: hay plena seguridad jurídica.

P. En cuanto a las ayudas que se deben recuperar, ¿con cuánto se daría por satisfecho?
R. La Comisión no se da por satisfecha con ninguna cifra. Corresponde a la autoridades españolas determinar cuánta ayuda no compatible ha recibido cada inversor. En las decisiones de la Comisión en materia de ayudas de Estado es habitual fijar los criterios generales: son las autoridades nacionales quienes tienen la información, los instrumentos, la responsabilidad de recuperar las ayudas que dieron indebidamente. Esas son las reglas del juego.

P. ¿Tienen credibilidad los importes publicados?
R. Cuando me han contado a través de qué operaciones se ha llegado a esa cifra de casi 3.000 millones inmediatamente me he dado cuenta de que son cálculos completamente erróneos. Hay un segundo elemento: es curioso cómo a medida que iba cambiando la decisión la cifra se mantenía constante o incluso a veces aumentaba.

P. ¿Se ha dramatizado en exceso?
R. Se exageran hasta límites más allá de lo imaginable las posibles consecuencias de esta decisión. Todos tenemos la responsabilidad, cada uno en nuestro ámbito, de que ninguna de esas previsiones tenga nada que ver con la realidad de un sector que ha demostrado que es capaz de reestructurarse, que es capaz de innovar, de vender, de ser competitivo y de crear empleo. Espero que lo siga siendo. Hay medios e instrumentos suficientes para ayudarle a que lo siga siendo.

P. El sector está en pie de guerra. Como bilbaíno, ¿cómo lo lleva?
R. No es agradable ese tipo de personalización por el simple hecho de que alguien asuma sus responsabilidades como comisario europeo. Como no es la primera vez que tomo decisiones que no reciben inmediatamente un aplauso, confío en que dentro de cinco años todos aquellos que han pintado un panorama dantesco, que han augurado todo tipo de males como consecuencia de esta decisión, se tengan que comer sus palabras.

P. ¿Incluido el Gobierno?
R. Todos.

Almunia se declara ´dolido y avergonzado´ por ´cómo se ha jugado con el miedo´ de los trabajadores


Dice que "se han exagerado" las consecuencias de su decisión y que el Gobierno está en su derecho de recurrir

18.07.2013 | 09:31
El vicepresidente de la Comisión Europea y responsable de Competencia, Joaquín Almunia, ha afirmado este jueves que siente "vergüenza" y "dolor" por cómo "se ha jugado con el miedo" de los trabajadores de los astilleros a consecuencia de su decisión sobre el 'tax lease'.
"Me duele ver cómo se juega con el miedo de gentes que no van a tener que devolver ningún dinero. He sentido vergüenza por cómo se manejaba ese miedo y se trataba de convertir a los trabajadores en los paganos de mi decisión", ha asegurado Almunia, que ha precisado que estas palabras no se refieren al Gobierno español, sino a la "campaña" que ha habido alrededor de este tema.
En declaraciones a la cadena Ser recogidas por Europa Press, el responsable europeo de Competencia ha subrayado que "se han exagerado hasta límites inimaginables" las consecuencias de su decisión de pedir a España que recupere las ayudas públicas ilegales concedidas a los astilleros mediante el sistema de bonificaciones fiscales del 'tax lease' entre 2007 y 2011.

Almunia ha insistido en que las subvenciones deberán devolverlas los inversores que financiaron la construcción de los buques, pero no los armadores ni los propios astilleros, por lo que su decisión "no va contra el naval, sino contra quienes se beneficiaron indebidamente de las desgravaciones fiscales".
Preguntado por las críticas que está recibiendo desde España, Almunia se ha defendido diciendo que quienes arremeten contra él "ignoran totalmente" el papel de la Comisión Europea. "La ley europea es tan ley como la ley de un estado miembro. La legislación europea prevalece además sobre la de los Estados miembros, y, por tanto, hay que cumplir la ley y hay que saber y ser consciente de los riesgos que conlleva su incumplimiento", ha apuntado.

"El Gobierno español está en su derecho de recurrir"
Ante el posible recurso que podría presentar el Gobierno español contra la devolución de las ayudas, el vicepresidente de la Comisión ha señalado que "está en su derecho de hacerlo". "Otra cosa son los argumentos jurídicos que avalen cualquier recurso", ha precisado Almunia, que ha indicado que la decisión de Bruselas está basada en criterios jurídicos, "firmemente asentados" en el Tratado y en la jurisprudencia.
En este sentido, ha señalado que, a lo largo de los dos años que ha durado la investigación, siempre le ha dicho al Gobierno español "esto no es un trato ni una negociación política". "Es un expediente que se abre por posibles quiebras del ordenamiento jurídico y todo argumento jurídico ha sido sopesado hasta los últimos momentos", ha añadido.
Almunia ha insistido en que desde la Comisión se ha analizado "una y otra vez la jurisprudencia" y que gracias a eso han encontrado argumentos para pedir la devolución de las ayudas desde 2007 y no desde 2005, como se barajaba en un principio. "Hemos encontrado esos dos años de más dentro del edificio de la Comisión europea, no fuera", ha indicado el comisario, que ha explicado que los argumentos presentados por España "no contradecían las argumentaciones principales" de la Comisión.

El responsable de Competencia ha afirmado que, pese a todo lo que se ha dicho en las últimas semanas, el sector naval "no está en el banquillo", sino que es un sector con futuro, que puede beneficiarse de un sistema de apoyo financiero "perfectamente legal", avalado por la Comisión.
Almunia espera que ahora que la decisión está tomada, "todo el mundo se ponga a trabajar", y ha insistido en que es al Gobierno español, a través de Hacienda, a quien le corresponde recuperar unas desgravaciones "que son de todos los contribuyentes".